Desde el pasado 15 de junio de 2020 ya está disponible para poder tramitar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.

Esta medida surge tras la aprobación de un Consejo de Ministros Extraordinario el pasado 29 de mayo de 2020, con la idea de intentar mejorar la situación personal de más de 850.000 hogares, en los que viven más de 2.000.000 de personas.

Estamos ante una medida extraordinaria que pretende paliar la pobreza sistemática que asola a todas estas familias, agravadas en mayor medida por la crisis sanitaria del COVID-19.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

Se trata de una prestación de naturaleza económica que garantiza a los/as beneficiarios/as un ingreso mínimo de renta que pueda apaciguar su situación de vulnerabilidad personal y económica.

¿Quiénes pueden beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital?

De este Ingreso Mínimo Vital podrán beneficiarse tanto las personas que vivan solas con edades comprendidas entre los 23 años y los 65 años, así como las unidades de convivencia. Esto es, personas que residan en el mismo domicilio y constituyan una unidad familiar bien por vínculo matrimonial, pareja de hecho, adopción o acogida hasta segundo grado.

Requisitos para la obtención del Ingreso Mínimo Vital

Acreditación de una residencia legal y continuada en España

Para beneficiarse de esta prestación económica el/la solicitante deberá acreditar que ha disfrutado de una residencia legal y efectiva en España como mínimo de un año de forma continuada e ininterrumpida, con carácter inmediatamente anterior al año en el que se solicita la prestación.

Quedarían exentos de este requisito quienes ostentasen la condición de menores que se han adherido a una unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar de carácter permanente.

Tampoco tendrían que cumplir este requisito de residencia legal y efectiva las personas que hayan sido víctimas de trata de seres humanos o explotación sexual, así como las mujeres víctimas de un delito de violencia de género.

Para mantener el derecho a beneficiarse de esta prestación, se debe mantener la residencia habitual en España, pese a que existan salidas puntuales al extranjero, siempre que estas no superen los 90 días naturales por cada año natural, con la excepción de ausencias del territorio español fundamentadas en causas de enfermedad con la debida justificación.

Encontrarse en situación de vulnerabilidad

Otro de los requisitos que deben acreditarse es encontrarse el/la solicitante en una situación de especial vulnerabilidad.

Para acreditar dicha situación, se valorarán los ingresos totales de los que ha disfrutado la persona solicitante en el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.

También podrían justificar la situación de vulnerabilidad quienes demuestren que en el último año han visto reducido sus ingresos en un 50% durante el presente 2020, en relación al año 2019.

Acreditar la solicitud previa de otras ayudas

Por último, los/las solicitantes del Ingreso Mínimo Vital deberán acreditar que han solicitado con carácter previo otras ayudas relacionadas con su situación de especial vulnerabilidad, bien sea a nivel local, autonómico o estatal.

Si se trata de emancipados/as o mayores de edad, además deberán acreditar que se encuentran inscritos como demandantes de empleo en el momento de presentar la solicitud.

Proceso para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La solicitud está disponible para ser procesada desde el pasado 15 de junio de 2020.

Sin existir una cuantía concreta, el gobierno ha confirmado que las ayudas oscilarán entre los 462 euros y los 1015 euros por cada hogar, dependiendo del número de miembros y rentas totales acreditadas por cada solicitante o unidad de convivencia.

Existen diversas vías para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

  1. Mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social
  2. A través de otros canales que habilite el Instituto Nacional de la Seguridad Social
  3. Por correo ordinario.

Por otra parte se ha habilitado un teléfono de contacto de ayuda y asesoramiento para solicitar este trámite, 900 20 22 22 , una guía de preguntas y respuestas frecuentes así como un simulador con el que los/as interesados/as podrán informarse y valorar si cuentan con los requisitos necesarios para beneficiarse de este Ingreso Mínimo Vital, adjuntando al simulador los datos y particularidades propias de su situación personal que les hace beneficiarios/as.

Si lo desea, puede contactar con nuestro equipo de profesionales para ayudarle en el asesoramiento sobre como tramitar esta ayuda económica del Ingreso Mínimo Vital a través de nuestro formulario de contacto.